La planificación y seguimiento en la hoja de ruta de los Programas de Prevención de Delitos

La planificación y seguimiento en la hoja de ruta de los Programas de Prevención de Delitos
diciembre 3, 2018 Manuel
Enrique Herrero Gutiérrez
Socio – Director de Maldonado Pascual & Asociados
Experto en Programas de Cumplimento Normativo

El diseño e implantación de los Programas de Prevención de Delitos o Compliance Penal se presenta como una cuestión de enorme protagonismo en las empresas desde la reforma del Código Penal de 1 de julio de 2015.

La concreción desde esa fecha respecto a la delimitación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en el caso de los delitos cometidos por sus empleados centrada en el incumplimiento del deber de vigilancia, junto con los elementos que deben concurrir para que la empresa pueda quedar exonerada de dicha responsabilidad, han situado a un importante número de empresas de nuestro país frente a un objetivo de imperiosa consecución, cual es la adopción y ejecución eficaz de un modelo de organización y gestión que resulte adecuado para la prevención de delitos.

El legislador no pretende castigar a aquellas empresas que no dispongan de programas de prevención de delitos (situación no descartable en el futuro, como así ha ocurrido con la prevención de riesgos laborales o la protección de datos personales), lo que persigue es proteger a aquellas empresas que acreditan su compromiso con una cultura ética y de cumplimiento.

La consecución de este objetivo tiene su base en la personalización del Programa de Prevención de Delitos previa definición de una hoja de ruta en la que el principal problema no atañe al diseño e implementación del mismo sino a su planificación y seguimiento. Son estas dos últimas cuestiones las que hablan de la visibilidad del Programa de Prevención de Delitos y a ellas se refiere el legislador cuando decide ofrecer la exoneración de la responsabilidad penal a aquellas empresas que se encuentran en condiciones de acreditar que su Programa de Prevención de Delitos ha sido implementado para ser asumido y mantenido en el tiempo.

Es por ello que la firma Maldonado Pascual & Asociados promueve entre sus clientes la necesidad de que el órgano de gobierno se encuentre en condiciones de acreditar y garantizar que todo funciona en el Programa de Prevención de Delitos y que este resulta perfectamente reconocible por todos los miembros de la organización.

 

Enrique Herrero Gutiérrez

Abogado.

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